sábado, agosto 2, 2025

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¿Pueden prohibir los coches eléctricos en aparcamientos? Esto dice la ley en España en 2025

AUVE alerta, vetar coches eléctricos en parkings carece de respaldo legal si no hay justificación técnica.

La Asociación Española de Usuarios de Vehículos Eléctricos (AUVE) ha encendido las alertas tras la aparición de carteles en algunos aparcamientos privados de uso público, especialmente en Madrid, con la advertencia: “Prohibido vehículos 100% eléctricos”. ¿Tienen base legal este tipo de restricciones? ¿Qué dice la normativa vigente en 2025?

Incertidumbre legal y temor a incendios

El principal argumento detrás de estas prohibiciones es el miedo a incendios provocados por baterías de litio, difíciles de extinguir y con riesgo de reactivación. Incidentes como el del incendio en Alcorcón han intensificado esa percepción. Sin embargo, el Código Técnico de la Edificación (CTE) aún no contempla requisitos específicos para vehículos eléctricos en aparcamientos, lo que deja un vacío normativo y alimenta la inseguridad jurídica.

¿Puede un parking vetar el acceso de coches eléctricos?

En la legislación española actual no existe ninguna norma que prohíba entrar un coche eléctrico en un parking ni que autorice su veto generalizado por tipo de motorización. La Ley 40/2002 sobre contratos de aparcamiento no contempla restricciones de acceso por tecnología.

Aunque los titulares de aparcamientos pueden aplicar el derecho de admisión, este está sujeto a condiciones objetivas, razonables y no discriminatorias. Prohibir el acceso a todos los coches eléctricos sin una justificación técnica sólida podría considerarse una práctica abusiva o discriminatoria.

Qué hacer si te niegan el acceso por tener un VE

AUVE recomienda:

  • Solicitar una justificación por escrito del veto.
  • Presentar una hoja de reclamaciones en el establecimiento.
  • Acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor.
  • Si se trata de un parking público, contactar con el Ayuntamiento o la Policía Municipal para dejar constancia.

Conclusión: prohibiciones sin base técnica, en entredicho legal

Las prohibiciones generalizadas a vehículos eléctricos en aparcamientos carecen de amparo legal si no se sustentan en informes técnicos específicos que demuestren un riesgo incontrolable en la instalación. La carga de la prueba recae sobre el titular del parking, quien debe demostrar la proporcionalidad y necesidad de la medida.

Desde AUVE insisten en la urgente necesidad de actualizar el CTE y establecer guías claras que permitan adaptar las instalaciones sin recurrir a vetos injustificados.


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