sábado, abril 27, 2024

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Este tipo de talleres sólo tendrá 3 meses para optar a las ayudas Kit Digital

El BOE publica una modificación de la orden de bases del programa Kit Digital.

La Federación Española de Empresarios Profesionales de la Automoción (CONEPA) publicó en su página web un aviso sobre la modificación en el BOE el pasado 29 de julio de la orden de las bases del programa conocido como Kit Digital. Desde CONEPA y su Área de Desarrollo han informado ya a sus entidades sobre las principales novedades que estas modificaciones implican.

Y es que se prevé que en las próximas semanas (el 2 de septiembre, seguramente) se convoquen las ayudas para el siguiente tramo, que afectará a los talleres de entre 3 y 9 trabajadores. Las pymes más pequeñas tendrán que esperar todavía unos meses. El importe máximo de la ayuda por beneficiario para pymes entre 3 y hasta 9 empleados será de 6.000€.

Estas ayudas se emplearán en los denominados “bonos digitales” a través de los agentes digitalizadores suscritos.

Principales novedades

Se reduce el plazo de presentación de solicitudes a tres meses.

Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea la sustitución de las ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.

Las asociaciones de CONEPA siguen aconsejando a sus talleres socios estar preparados, con diagnóstico de situación e ideas claras de sobre qué aspectos beneficiarse.

Después de lanzar la primera convocatoria en el mes de marzo para pymes de 10 a 49 empleados (abierta hasta el 15 de septiembre), la siguiente convocatoria corresponde a empresas de 3 a 9 trabajadores, cuya apertura se espera próximamente.

Talleres y ayudas del Kit Digital

Estas ayudas estarán destinadas a las siguientes soluciones digitales, con una duración de 12 meses de prestación del servicio. Se puede optar a una o más soluciones llegando hasta la cuantía de 6.000€ para el Segmento II (de 3 a 9 trabajadores):

  • Factura electrónica.
  • Sitio web.
  • Comercio Electrónico.
  • Gestión de redes sociales.
  • Gestión de clientes y/o proveedores.
  • BI y analítica. Hasta 4.000€
  • Gestión de procesos. Hasta 6.000€
  • Comunicaciones seguras.
  • Ciberseguridad.
  • Servicios de oficina virtual

Según la nueva modificación de la Orden de bases publicada el día 29 de julio en el BOE, podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea la sustitución de las ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. El texto legal aclara que no se considerará mejora funcional:

  • El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
  • La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es “releases” sobre una versión existente.
  • Upgrades o mejora de versiones.

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